Artículo 69 del Código Penal
El artículo 69 del Código Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 192.003 sentencias de tribunales chilenos (237.661 menciones en total), 7.595 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 69
ART. 69. Dentro de los límites de cada grado el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito, teniendo en especial consideración la circunstancia de ser la víctima un menor de 18 años, un adulto mayor, según lo dispuesto por la ley Nº 19.828, o una persona con discapacidad en los términos de la ley Nº 20.422.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 24 de agosto de 2022. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 69, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 10.511 |
| 2016 | 9.424 |
| 2017 | 9.618 |
| 2018 | 8.533 |
| 2019 | 7.480 |
| 2020 | 3.820 |
| 2021 | 5.636 |
| 2022 | 9.138 |
| 2023 | 8.992 |
| 2024 | 12.790 |
| 2025 | 7.595 |
| 2026 (hasta hoy) | 407 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Tribunales penales | 188.666 | 98% |
| Cortes de Apelaciones | 2.984 | 2% |
| Corte Suprema | 324 | <1% |
| Juzgados civiles | 18 | <1% |
| Juzgados de Letras del Trabajo | 9 | <1% |
| Juzgados de familia | 2 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 69
Corte Suprema, Rol 32355-2026, 30 de julio de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
[…]: Que, como primera causal subsidiaria la defensa invocó aquella contemplada en el 374 letra e) en relación a los artículos 342 letra d) del Código Procesal Penal, fundándola en la infracción al principio de no contradicción, pues a su entender al justificar el tribunal la calificación jurídica de los hechos en que el peligro creado para el grupo social es "ostensiblemente más reducido" o "insignificante" se contradijo con aquello expresado al momento de aplicar el artículo 69 del Código Penal para fijar el quantum de la sanción, por cuanto impuso el máximo del tramo (3 años) afirmando que la droga representa un "potencial letal masivo" y una "grave afectación a la salud pública" debido a la peligrosidad de la ketamina.
Corte Suprema, Rol 37085-2025, 18 de mayo de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Luego, en lo referente a la determinación concreta de la sanción, ponderando la extensión del mal causado, el tribunal razona: “En relación a la cuantía específica, dentro del grado, será fijado en la de 5 años, teniendo presente, para así decidirlo, que la rebaja de penalidad obedece sólo a la existencia de circunstancias atenuantes de responsabilidad, lo que, en todo caso, no resta que dentro del grado a que se rebajó, se opte por la mayor extensión de la pena, precisamente por el absoluto mal causado al bien jurídico que tutela el homicidio, esto es, la vida, a la luz de lo que consigna el artículo 69 del Código Penal, en que se privó de esta a un hombre de 32 años, trabajador, padre de familia dos hijos, con una pareja que llevaban 13 años juntos y una madre que vio el momento en que fue agredido”.
Corte Suprema, Rol 10600-2026, 15 de abril de 2026 (nulidad, acoge recurso de nulidad). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
De igual modo, buscó imponer a los reincidentes sanciones más severas y reducir las posibilidades de acceder a las penas sustitutivas de la Ley Nº 18.216. Para ello, la norma desplaza las reglas generales de los artículos 65 a 69 del Código Penal, estableciendo un marco rígido dentro del cual el tribunal debe fijar la cuantía de la pena atendiendo al número y entidad de las circunstancias modificatorias concurrentes y a la extensión del mal causado.
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 24 de agosto de 2022.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 10.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 69 del Código Penal?
Dentro de los límites de cada grado el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito, teniendo en especial consideración la circunstancia de ser la víctima un menor de 18 años, un adulto mayor, según lo dispuesto por la ley Nº 19.828, o una persona con discapacidad en los términos de la ley Nº 20.422. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 69 del Código Penal?
192.003 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 7.595 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 188.666 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 69?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672279. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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