Artículo 15 del Código Penal
El artículo 15 del Código Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 504.803 sentencias de tribunales chilenos (871.984 menciones en total), 23.875 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 15
ART. 15. Se consideran autores: 1.° Los que toman parte en la ejecución del hecho, sea de una manera inmediata y directa; sea impidiendo o procurando impedir que se evite. 2.° Los que fuerzan o inducen directamente a otro a ejecutarlo. 3.° Los que, concertados para su ejecución, facilitan los medios con que se lleva a efecto el hecho o lo presencian sin tomar parte inmediata en él.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 12 de octubre de 1927. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 15, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 24.283 |
| 2016 | 23.414 |
| 2017 | 27.021 |
| 2018 | 25.811 |
| 2019 | 22.577 |
| 2020 | 11.742 |
| 2021 | 16.508 |
| 2022 | 27.354 |
| 2023 | 25.296 |
| 2024 | 37.933 |
| 2025 | 23.875 |
| 2026 (hasta hoy) | 1.046 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Tribunales penales | 496.637 | 98% |
| Cortes de Apelaciones | 6.605 | 1% |
| Corte Suprema | 1.441 | <1% |
| Juzgados civiles | 62 | <1% |
| Juzgados de Letras del Trabajo | 30 | <1% |
| Juzgados de familia | 28 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 15
Corte Suprema, Rol 14947-2026, 13 de julio de 2026 (extradición pasiva, accede extradición (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
En contraposición, el ente persecutor peruano ha recopilado una serie de antecedentes que lo vinculan -al menos preliminarmente- a los hechos delictivos, ya sea a través de una hipótesis de autoría del artículo 15 N°3 del Código Penal chileno, esto es, concertado y facilitando los medios para llevar a efecto el hecho, o ya bien, a través de una participación a título de complicidad del artículo 16 del Código Penal chileno, ambas formas de imputación reprochadas por el derecho chileno, y que, por lo tanto, relevan el interés del Estado de Chile de cooperar con el desarrollo de la investigación penal en la República del […], sobre todo considerando que se trata de un delito de máxima violencia y gravedad, cometido en un contexto de crimen organizado.
Corte Suprema, Rol 24361-2026, 30 de junio de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
La circunstancia de que la sustracción haya sido realizada por un grupo de personas previamente concertadas no obsta a la calificación del acusado como autor conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal, por cuanto la prueba rendida acredita que tomó parte en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa, no limitándose a una contribución accesoria o periférica”.
Corte Suprema, Rol 20493-2026, 22 de junio de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
La defensa afirma que la sentencia sostuvo que los tres hermanos […] “formaron parte de un grupo indeterminado de individuos” que emboscó y dio muerte a los funcionarios policiales, sin abordar la interpretación del artículo 15 del Código Penal, prescindiendo así del análisis individualizador de la intervención penalmente relevante, en los distintos hechos que se tuvieron por acreditados, vulnerando el principio de responsabilidad penal personal y el estándar de fundamentación exigible en una condena de extrema gravedad.
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
Pregúntale a Ulpianus
Con una cuenta gratis puedes preguntar, por ejemplo: «¿Cómo han aplicado los tribunales el artículo 15 del Código Penal en los últimos años?». Ulpianus responde con las sentencias y normas de su base, y cada cita lleva enlace a la fuente para que la revises antes de usarla.
Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 12 de octubre de 1927.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 41.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 15 del Código Penal?
Se consideran autores: 1.° Los que toman parte en la ejecución del hecho, sea de una manera inmediata y directa; sea impidiendo o procurando impedir que se evite. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 15 del Código Penal?
504.803 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 23.875 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 496.637 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 15?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672218. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
Pruébalo con un caso real
El plan gratis da 30 créditos al mes, sin tarjeta. Haz la pregunta que tienes pendiente hoy y revisa la fuente de cada cita antes de usarla.