Artículo 25 del Código Penal
El artículo 25 del Código Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 203.785 sentencias de tribunales chilenos (211.392 menciones en total), 8.006 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 25
ART. 25. Las penas temporales mayores duran de cinco años y un día a veinte años, y las temporales menores de sesenta y un días a cinco años. Las de inhabilitación absoluta y especial temporales para cargos y oficios públicos y profesiones titulares duran de tres años y un día a diez años. La suspensión de cargo u oficio público o profesión titular, dura de sesenta y un días a tres años. Las penas de destierro y de sujeción a la vigilancia de la autoridad, de sesenta y un días a cinco años. La prisión dura de uno a sesenta días. La cuantía de la multa, tratándose de crímenes, no podrá exceder de treinta unidades tributarias mensuales; en los simples delitos, de veinte unidades tributarias mensuales, y en las faltas, de cuatro unidades tributarias mensuales; todo ello, sin perjuicio de que en determinadas infracciones, atendida su gravedad, se contemplen multas de cuantía superior. La expresión "unidad tributaria mensual" en cualquiera disposición de este Código, del Código de Procedimiento Penal y demás leyes penales especiales significa una unidad tributaria mensual vigente a la fecha de comisión del delito, y, tratándose de multas, ellas se deberán pagar en pesos, en el valor equivalente que tenga la unidad tributaria mensual al momento de su pago. Cuando la ley impone multas cuyo cómputo debe hacerse en relación a cantidades indeterminadas, nunca podrán aquéllas exceder de treinta unidades tributarias mensuales. En cuanto a la cuantía de la caución, se observarán las reglas establecidas para la multa, doblando las cantidades respectivamente, y su duración no podrá exceder del tiempo de la pena u obligación cuyo cumplimiento asegura, o de cinco años en los demás casos. INCISO SUPRIMIDO.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 15 de mayo de 1997. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 25, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 10.082 |
| 2016 | 8.814 |
| 2017 | 9.683 |
| 2018 | 8.867 |
| 2019 | 8.154 |
| 2020 | 4.147 |
| 2021 | 5.698 |
| 2022 | 9.529 |
| 2023 | 8.944 |
| 2024 | 13.749 |
| 2025 | 8.006 |
| 2026 (hasta hoy) | 202 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Tribunales penales | 202.967 | 100% |
| Cortes de Apelaciones | 677 | <1% |
| Corte Suprema | 97 | <1% |
| Juzgados civiles | 25 | <1% |
| Juzgados de Letras del Trabajo | 14 | <1% |
| Juzgados de familia | 5 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 25
Corte Suprema, Rol 56568-2025, 7 de enero de 2026 (nulidad, declara competente para conocer nulidad a la corte). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
2° Que por el líbelo intentado por la defensa se deduce como causal la del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, señalando que existen diversas interpretaciones por los tribunales superiores respecto de la pena a imponer, y de las normas legales que cita, en especial los artículos 21, 25, 97 y 98 del Código Penal y al artículo 1 inciso penúltimo de la Ley N° 18.216, a fin de que se le conceda pena sustitutiva a su representado porque debió considerase la pena en concreto impuesta y no en abstracto. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa y solicitó la inadmisibilidad del recurso por escapar lo alegado al recurso de nulidad. 4° Que sin perjuicio de que el Ministerio Público pudiese llevar la razón en lo antes dicho, lo cierto es que de una lectura del líbelo es posible entender que lo que se cuestiona es una errónea aplicación del derecho, -no obstante…
Corte Suprema, Rol 15121-2024, 27 de abril de 2026 (casación forma y fondo, acogida casación fondo). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Corte Suprema, Rol 71544-2021, 13 de abril de 2026 (extradición pasiva, rechaza extradición). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 15 de mayo de 1997.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 5.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 25 del Código Penal?
Las penas temporales mayores duran de cinco años y un día a veinte años, y las temporales menores de sesenta y un días a cinco años. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 25 del Código Penal?
203.785 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 8.006 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 202.967 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 25?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672232. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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