Artículo 11 del Código Penal: las circunstancias atenuantes
El artículo 11 del Código Penal regula las circunstancias atenuantes. En la base de Ulpianus lo citan 424.859 sentencias de tribunales chilenos (1.123.033 menciones en total), 23.010 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 11
ART. 11. Son circunstancias atenuantes: 1.° Las expresadas en el artículo anterior, cuando no concurren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos. 2.° Derogado. 3.° La de haber precedido inmediatamente de parte del ofendido, provocación o amenaza proporcionada al delito. 4.° La de haberse ejecutado el hecho en vindicación próxima de una ofensa grave causada al autor, a su cónyuge, o su conviviente, a sus parientes legítimos por consanguinidad o afinidad en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive, a sus padres o hijos naturales o ilegítimos reconocidos. 5.° La de obrar por estímulos tan poderosos que naturalmente hayan producido arrebato y obcecación. 6.° Si la conducta anterior del delincuente ha sido irreprochable. 7.° Si ha procurado con celo reparar el mal causado o impedir sus ulteriores perniciosas consecuencias. 8.° Si pudiendo eludir la acción de la justicia por medio de la fuga u ocultándose, se ha denunciado y confesado el delito. 9ª. Si se ha colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos, sin que la colaboración sea asimismo constitutiva de cooperación eficaz de conformidad con la ley. 10.° El haber obrado por celo de la justicia.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 4 de septiembre de 2024. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 11, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 21.211 |
| 2016 | 20.308 |
| 2017 | 22.105 |
| 2018 | 20.101 |
| 2019 | 18.665 |
| 2020 | 11.035 |
| 2021 | 14.886 |
| 2022 | 24.855 |
| 2023 | 24.457 |
| 2024 | 37.495 |
| 2025 | 23.010 |
| 2026 (hasta hoy) | 1.176 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Tribunales penales | 411.302 | 97% |
| Cortes de Apelaciones | 11.798 | 3% |
| Corte Suprema | 1.591 | <1% |
| Juzgados civiles | 82 | <1% |
| Juzgados de Letras del Trabajo | 67 | <1% |
| Juzgados de familia | 19 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 11
Corte Suprema, Rol 11068-2025, 8 de septiembre de 2026 (casación fondo, rechaza casacion en el fondo (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
4°) Que en lo tocante a la primera infracción normativa denunciada en el arbitrio deducido por la defensa del acusado, esto es, la relativa al rechazo de la atenuante prevista en el numeral 8 del artículo 11 del Código Penal, por parte de los juzgadores de la instancia, cabe señalar que si bien jurídicamente puede reconocerse esta circunstancia atenuante a un funcionario en servicio activo de la Armada de Chile, su reconocimiento dependerá de que, en las circunstancias concretas, se pruebe una verdadera posibilidad de sustraerse a la persecución y una autodenuncia acompañada de confesión, antes de encontrarse materialmente sometido a la acción de la autoridad, por cuanto las características del servicio activo, en especial la sujeción a controles de asistencia, destinos y turnos, la obligación de presentarse, los deberes de disponibilidad y la existencia de sanciones por abandono o…
Corte Suprema, Rol 39286-2026, 8 de septiembre de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
En efecto, la propia declaración prestada por el acusado ante el Ministerio Público, cuya introducción al juicio se denuncia como lesiva de garantías, fue precisamente el antecedente en virtud del cual el tribunal reconoció en su favor la circunstancia atenuante de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 N°9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, según se lee del motivo décimo sexto del fallo, minorante que fue expresamente solicitada por la propia defensa en la audiencia del artículo 343 del Código Procesal Penal y que incidió en la rebaja de la pena en un grado.
Corte Suprema, Rol 34986-2026, 4 de agosto de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
DÉCIMO TERCERO: Que, en cuanto a la causal deducida en subsidio, fundada en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal por el no reconocimiento de la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, debe tenerse presente que el reconocimiento de las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal se encuentra entregado por la ley al tribunal de la instancia, que es el llamado a ponderar su procedencia según el mérito del proceso, pues es ante él que se ha rendido la prueba, ha tenido contacto e inmediación con ella y con los intervinientes, y ha aquilatado su idoneidad para acreditar los hechos.
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 4 de septiembre de 2024.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 48.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 11 del Código Penal?
Son circunstancias atenuantes: 1.° Las expresadas en el artículo anterior, cuando no concurren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 11 del Código Penal?
424.859 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 23.010 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 411.302 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 11?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672211. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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