Artículo 68 del Código Penal
El artículo 68 del Código Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 151.198 sentencias de tribunales chilenos (223.830 menciones en total), 6.743 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 68
ART. 68. Cuando la pena señalada por la ley consta de dos o más grados, bien sea que los formen una o dos penas indivisibles y uno o más grados de otra divisible, o diversos grados de penas divisibles, el tribunal al aplicarla podrá recorrer toda su extensión, si no concurren en el hecho circunstancias atenuantes ni agravantes. Habiendo una sola circunstancia atenuante o una sola circunstancia agravante, no aplicará en el primer caso el grado máximo ni en el segundo el mínimo. Si son dos o más las circunstancias atenuantes y no hay ninguna agravante, el tribunal podrá imponer la pena inferior en uno, dos o tres grados al mínimo de los señalados por la ley, según sea el número y entidad de dichas circunstancias. Cuando, no concurriendo circunstancias atenuantes, hay dos o más agravantes, podrá imponer la inmediatamente superior en grado al máximo de los designados por la ley. Concurriendo circunstancias atenuantes y agravantes, se observará lo prescrito en los artículos anteriores para casos análogos.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 5 de junio de 2001. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 68, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 7.961 |
| 2016 | 7.613 |
| 2017 | 7.807 |
| 2018 | 7.126 |
| 2019 | 6.155 |
| 2020 | 3.369 |
| 2021 | 4.731 |
| 2022 | 8.226 |
| 2023 | 7.886 |
| 2024 | 10.967 |
| 2025 | 6.743 |
| 2026 (hasta hoy) | 361 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Tribunales penales | 145.825 | 96% |
| Cortes de Apelaciones | 4.446 | 3% |
| Corte Suprema | 884 | 1% |
| Juzgados de familia | 33 | <1% |
| Juzgados civiles | 6 | <1% |
| Juzgados de Letras del Trabajo | 4 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 68
Corte Suprema, Rol 54315-2025, 21 de agosto de 2026 (casación fondo, rechaza de casación fondo. invalidada de oficio (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
En este sentido, en el considerando 36°) del fallo inicial, al comparar el resultado de las reglas de determinación de la pena, buscando la más beneficiosa para el imputado, el sentenciador aludió a dos sanciones, 4 años por el delito de […] simple consumado y 2 años y 150 días por el delito de […] simple frustrado, las que, si bien se encuentran dentro del marco penal, para ello no entrega una sola reflexión que permita conocer porqué las fija en ese alcance y no en otro, por ejemplo, 3 años y 1 día o 541 días de presidio, según el caso; sobre todo si, de acuerdo con el artículo 68 del Código Penal, el tribunal estaba impedido de aplicar el tramo superior, de manera que, en este caso, es clara la existencia de un vicio de forma en la dictación de la sentencia.
Corte Suprema, Rol 26424-2026, 30 de junio de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
En el presente caso, como puede observarse del considerando vigésimo quinto, aun cuando los sentenciadores reconocen al coimputado […] dos circunstancias minorantes, entre ellas la del artículo 11 N°9, no hace uso de la facultad establecida en el artículo 68 del Código Penal de rebajar la pena en grado, para lo cual utilizan fundamentos que están relacionados con el ilícito y su naturaleza, expresando lo siguiente: “…sin rebajar la pena desde el mínimo considerando el carácter del delito al tratarse de una facultad cuyos presupuestos no se advierten concurrentes en atención al carácter del delito y la entidad de las circunstancias modificatorias que le favorecen”.
Corte Suprema, Rol 37085-2025, 18 de mayo de 2026 (nulidad, rechaza recurso de nulidad (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Conforme a lo anterior, aun cuando se estime correcto que regla para la determinación de la pena es la establecida en el artículo 68 del Código Penal, lo cierto es que tal cuestión, carece de toda trascendencia, desde que al haberse reconocido la concurrencia de tres circunstancias atenuantes en favor del acusado y ninguna agravante, dicha norma permite la rebaja en uno, dos y hasta tres grados y en los hechos, el fallo, realizó una rebaja en dos grados desde el mínimo de la sanción, por lo que el tramo de sanción se encuentra determinado en estricta consonancia con el contenido de dicha regla, razón por la que el reproche sobre esta cuestión debe ser rechazado.
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 5 de junio de 2001.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 19.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 68 del Código Penal?
Cuando la pena señalada por la ley consta de dos o más grados, bien sea que los formen una o dos penas indivisibles y uno o más grados de otra divisible, o diversos grados de penas divisibles, el tribunal al aplicarla podrá recorrer toda su extensión, si no concurren en el hecho circunstancias atenuantes ni agravantes. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 68 del Código Penal?
151.198 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 6.743 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 145.825 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 68?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672278. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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