Artículo 24 del Código Penal

El artículo 24 del Código Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 117.371 sentencias de tribunales chilenos (128.804 menciones en total), 5.656 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.

Texto vigente del artículo 24

ART. 24. Toda sentencia condenatoria en materia criminal lleva envuelta la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los autores, cómplices, encubridores y demás personas legalmente responsables.

Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 12 de octubre de 1927. Ver el artículo en Ley Chile.

Cuántas sentencias citan el artículo 24, año por año

AñoSentencias que lo citan
20156.387
20165.965
20176.683
20186.255
20195.806
20202.902
20214.170
20227.424
20237.123
20249.894
20255.656
2026 (hasta hoy)229

Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.

Qué tribunales lo citan

TribunalSentenciasParte del total
Tribunales penales116.44799%
Cortes de Apelaciones6241%
Corte Suprema191<1%
Juzgados civiles101<1%
Juzgados de Letras del Trabajo4<1%
Juzgados de familia3<1%
Otros tribunales y organismos1<1%

Fallos recientes que aplican el artículo 24

Corte Suprema, Rol 38178-2024, 10 de septiembre de 2025 (queja, rechaza recurso de queja (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Primero: Que, por el recurso de queja de marras se afirma que, la decisión que se impugna, pronunciada por los recurridos, omitió señalar lo dispuesto en el artículo 24, inciso tercero de la ley N°18.287, la cual establece que quien quiera alegar la prescripción debe alegarla, haciendo aplicable lo dispuesto en el artículo 102 del Código Penal. Los recurridos señalaron que dicha norma resulta aplicable al caso concreto, puesto se trata de acciones contravencionales originadas por ilícitos, sin embargo, yerran en el sentido que dicha interpretación no puede ser extensiva a otro ordenamiento, debido a su carácter de ultima ratio del Derecho Penal.

Corte Suprema, Rol 20971-2025, 18 de agosto de 2025 (nulidad, declara competente para conocer nulidad corte (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

2° Que por los recursos, -los que están desarrollados en términos similares-, se invocan como una de las causales subsidiarias la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 1, 19 N° 2 y 19 N° 3 inciso sexto de la Constitución Política de la República, artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos […]; artículos 1.1 y 24 de la Convención […] de Derechos Humanos, todos en relación con el artículo 1° de la ley 18.216, por infracción al debido proceso, a la no discriminación y a la igualdad ante la ley, al principio de proporcionalidad, al haber hecho el Tribunal aplicación en definitiva de una pena cuya forma de cumplimiento es más gravosa a la que legalmente correspondía. Cuestiona que se hubiese aplicado la norma del artículo 150 letra A del Código Penal, la que no permite a su representado optar por penas sustitutivas…

Corte Suprema, Rol 5672-2025, 10 de febrero de 2026 (nulidad, sentencia de reemplazo (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.

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Cómo se construyó esta página

  • Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 12 de octubre de 1927.
  • Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
  • Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 1.
  • Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
  • Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 24 del Código Penal?

Toda sentencia condenatoria en materia criminal lleva envuelta la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los autores, cómplices, encubridores y demás personas legalmente responsables. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.

¿Cuántas sentencias citan el artículo 24 del Código Penal?

117.371 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 5.656 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 116.447 sentencias.

¿Dónde ver el texto oficial del artículo 24?

En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1984&idParte=9672230. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.

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