Artículo 764 del Código de Procedimiento Civil

El artículo 764 del Código de Procedimiento Civil es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 33.137 sentencias de tribunales chilenos (46.503 menciones en total), 2.069 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.

Texto vigente del artículo 764

Art. 764. El recurso de casación se concede para invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados por la ley.

Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 18 de febrero de 1995. Ver el artículo en Ley Chile.

Cuántas sentencias citan el artículo 764, año por año

AñoSentencias que lo citan
20151.847
20162.141
20171.771
20181.502
20191.548
20201.566
20211.446
20221.528
20231.753
20241.952
20252.069
2026 (hasta hoy)1.374

Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.

Qué tribunales lo citan

TribunalSentenciasParte del total
Corte Suprema25.54777%
Cortes de Apelaciones7.48523%
Juzgados civiles95<1%
Juzgados de Letras del Trabajo5<1%
Tribunales penales3<1%
Juzgados de familia1<1%
Otros tribunales y organismos1<1%

Fallos recientes que aplican el artículo 764

Corte Suprema, Rol 13406-2024, 8 de septiembre de 2026 (casación fondo, rechaza casacion en el fondo). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Corte Suprema, Rol 22786-2024, 8 de septiembre de 2026 (casación forma y fondo, rechazadas casación forma y fondo). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Corte Suprema, Rol 71692-2021, 8 de septiembre de 2026 (casación fondo t. propiedad industrial, rechaza casacion en el fondo (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.

Pregúntale a Ulpianus

Con una cuenta gratis puedes preguntar, por ejemplo: «¿Cómo han aplicado los tribunales el artículo 764 del Código de Procedimiento Civil en los últimos años?». Ulpianus responde con las sentencias y normas de su base, y cada cita lleva enlace a la fuente para que la revises antes de usarla.

Cómo se construyó esta página

  • Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 18 de febrero de 1995.
  • Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
  • Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 1.152.
  • Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
  • Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 764 del Código de Procedimiento Civil?

El recurso de casación se concede para invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados por la ley. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.

¿Cuántas sentencias citan el artículo 764 del Código de Procedimiento Civil?

33.137 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 2.069 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Corte Suprema, con 25.547 sentencias.

¿Dónde ver el texto oficial del artículo 764?

En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.leychile.cl/N?i=22740. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.

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