Artículo 2 del Código de Procedimiento Civil
El artículo 2 del Código de Procedimiento Civil es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 65.821 sentencias de tribunales chilenos (91.776 menciones en total), 3.420 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 2
Art. 2° El procedimiento es ordinario o extraordinario. Es ordinario el que se somete a la tramitación común ordenada por la ley, y extraordinario el que se rige por las disposiciones especiales que para determinados casos ella establece.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 19 de marzo de 1996. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 2, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 4.561 |
| 2016 | 3.806 |
| 2017 | 2.502 |
| 2018 | 2.495 |
| 2019 | 2.764 |
| 2020 | 1.956 |
| 2021 | 1.771 |
| 2022 | 4.219 |
| 2023 | 4.610 |
| 2024 | 4.812 |
| 2025 | 3.420 |
| 2026 (hasta hoy) | 1.023 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Juzgados civiles | 36.799 | 56% |
| Cortes de Apelaciones | 15.281 | 23% |
| Corte Suprema | 5.880 | 9% |
| Tribunales penales | 2.966 | 5% |
| Juzgados de cobranza laboral y previsional | 2.759 | 4% |
| Juzgados de familia | 1.819 | 3% |
| Otros tribunales y organismos | 317 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 2
Corte Suprema, Rol 34985-2025, 2 de septiembre de 2026 (revisión, acoge recurso de revisión (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
9° Que tal conclusión resulta, además, coherente con lo dispuesto en el artículo 2° de la misma Convención […], en cuanto el Estado se comprometió a adoptar las medidas legislativas “o de otro carácter” necesarias para hacer efectivos los derechos y libertades que ella reconoce; lo que concuerda con los artículos 26 y 27 de la Convención de […] sobre el Derecho de los […] —“Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe” y “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”— y con el artículo 5, inciso 2°, de la Constitución Política de la República. Todo lo cual permite concluir que en el caso en estudio no concurre la cosa juzgada del artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, desde que no se corresponde la identidad de objeto entre la sentencia primaria y aquella…
Corte Suprema, Rol 29447-2026, 5 de agosto de 2026 (casación fondo, rechaza casacion en el fondo (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Segundo: Que la recurrente acusa la infracción del artículo 2195 del Código Civil, en relación con los artículos 19, 722, 955 y 1700 del Código Civil, y el artículo 342 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que el fallo recurrido acogió la acción de marras, no obstante que el demandado justificó la ocupación del inmueble en virtud de la autorización otorgada por su cónyuge y comunera del mismo, tal como se desprende de la instrumental allegada al proceso; lo que constituye nexo jurídico serio y grave que excluye el precario.
Corte Suprema, Rol 34297-2026, 31 de julio de 2026 (casación fondo, rechaza casacion en el fondo). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
2°.- Que, en concepto de la recurrente, la sentencia impugnada ha incurrido en los siguientes errores de derecho: a) Infringió los artículos 10 del Código Orgánico de Tribunales y 76 de la Constitución Política de la República, por cuanto declinó resolver el recurso de casación en la forma, fundándose en la sola interposición de un recurso de apelación; b) Se han infringido, también, los artículos 5 inciso segundo y 19 N° 3 inciso sexto de la Constitución Política de la República y 8.2 letra h de la Convención […] sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 764, 766 y 768 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que se privó a esta parte del conocimiento efectivo del recurso de casación en la forma; c) Se infringió el inciso penúltimo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por falsa aplicación de la ley, al aplicarlo a una hipótesis no prevista por dicha…
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 19 de marzo de 1996.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 200.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 2 del Código de Procedimiento Civil?
El procedimiento es ordinario o extraordinario. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 2 del Código de Procedimiento Civil?
65.821 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 3.420 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Juzgados civiles, con 36.799 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 2?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.leychile.cl/N?i=22740. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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