Artículo 26 del Código Procesal Penal

El artículo 26 del Código Procesal Penal es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 60.838 sentencias de tribunales chilenos (74.094 menciones en total), 3.663 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.

Texto vigente del artículo 26

Artículo 26.- Señalamiento de domicilio de los intervinientes en el procedimiento. En su primera intervención en el procedimiento los intervinientes deberán ser conminados por el juez, por el ministerio público, o por el funcionario público que practicare la primera notificación, a indicar un domicilio dentro de los límites urbanos de la ciudad en que funcionare el tribunal respectivo y en el cual puedan practicárseles las notificaciones posteriores. Asimismo, deberán comunicar cualquier cambio de su domicilio. En caso de omisión del señalamiento del domicilio o de la comunicación de sus cambios, o de cualquier inexactitud del mismo o de la inexistencia del domicilio indicado, las resoluciones que se dictaren se notificarán por el estado diario. Para tal efecto, los intervinientes en el procedimiento deberán ser advertidos de esta circunstancia, lo que se hará constar en el acta que se levantare. El mismo apercibimiento se formulará al imputado que fuere puesto en libertad, a menos que ello fuere consecuencia de un sobreseimiento definitivo o de una sentencia absolutoria ejecutoriados.

Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 12 de octubre de 2000. Ver el artículo en Ley Chile.

Cuántas sentencias citan el artículo 26, año por año

AñoSentencias que lo citan
20152.584
20162.313
20172.932
20183.008
20192.975
20201.921
20212.595
20224.101
20233.603
20245.612
20253.663
2026 (hasta hoy)152

Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.

Qué tribunales lo citan

TribunalSentenciasParte del total
Tribunales penales58.84697%
Cortes de Apelaciones1.7433%
Corte Suprema187<1%
Juzgados de Letras del Trabajo25<1%
Juzgados de familia19<1%
Juzgados civiles18<1%

Fallos recientes que aplican el artículo 26

Corte Suprema, Rol 21519-2026, 29 de abril de 2026 (apelación amparo, revocada sentencia apelada que). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Tercero: Que en el caso de autos, si bien se trata de una audiencia para la cual la comparecencia del imputado resulta indispensable, como es la formalización de la investigación, es lo cierto que el imputado no ha sido emplazado de manera alguna en el procedimiento, ya sea por el Ministerio Público o por las policías, ni consta que haya participado en alguna diligencia investigativa que suponga su conocimiento respecto del hecho investigado, como tampoco ha sido apercibido de conformidad a lo previsto en el artículo 26 y 33 del Código Procesal Penal, por lo que no resulta admisible decretar la medida de apremio señalada y ser conducido compulsivamente a la presencia del tribunal, para ser formalizados por un hecho que constituiría un simple delito, supuestamente ocurrido hace más de siete años.

Corte Suprema, Rol 43720-2026, 7 de septiembre de 2026 (extradición pasiva, rechaza extradición). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Corte Suprema, Rol 46481-2026, 31 de agosto de 2026 (apelación amparo, revocada sentencia apelada que). Ver la sentencia en el Poder Judicial.

Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.

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Cómo se construyó esta página

  • Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 12 de octubre de 2000.
  • Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
  • Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 13.
  • Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
  • Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 26 del Código Procesal Penal?

Señalamiento de domicilio de los intervinientes en el procedimiento. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.

¿Cuántas sentencias citan el artículo 26 del Código Procesal Penal?

60.838 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 3.663 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Tribunales penales, con 58.846 sentencias.

¿Dónde ver el texto oficial del artículo 26?

En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=176595&idParte=8646554. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.

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