Artículo 160 del Código del Trabajo: las causales de despido por conducta del trabajador
El artículo 160 del Código del Trabajo regula las causales de despido por conducta del trabajador. En la base de Ulpianus lo citan 84.831 sentencias de tribunales chilenos (278.159 menciones en total), 4.303 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 160
Art. 160. El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales: 1.- Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan: a) Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones; b) Conductas de acoso sexual; c) Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa; d) Injurias proferidas por el trabajador al empleador; e) Condu cta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña, y f) Conductas de acoso laboral. 2.- Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador. 3.- No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra. 4.- Abandono del trabajo por parte del trabajador, entendiéndose por tal: a) la salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de quien lo represente, y b) la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato. 5.- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. 6.- El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías. 7.- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 8 de agosto de 2012. Ver el artículo en Ley Chile. Se retiraron las anotaciones al margen de la edición oficial (referencias a las leyes que modificaron el artículo); el texto es el mismo.
Cuántas sentencias citan el artículo 160, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 4.496 |
| 2016 | 4.681 |
| 2017 | 5.016 |
| 2018 | 4.175 |
| 2019 | 6.277 |
| 2020 | 4.494 |
| 2021 | 4.174 |
| 2022 | 6.790 |
| 2023 | 7.296 |
| 2024 | 6.908 |
| 2025 | 4.303 |
| 2026 (hasta hoy) | 847 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Juzgados de Letras del Trabajo | 66.418 | 78% |
| Cortes de Apelaciones | 13.990 | 16% |
| Corte Suprema | 3.886 | 5% |
| Juzgados de cobranza laboral y previsional | 202 | <1% |
| Juzgados civiles | 134 | <1% |
| Tribunales penales | 96 | <1% |
| Otros tribunales y organismos | 105 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 160
Corte Suprema, Rol 41738-2026, 2 de septiembre de 2026 (queja, acogido recurso de queja). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Afirma que estos incumplimientos hicieron intolerable la relación laboral, por lo que se autodespidió el 2 de marzo de 2026 invocando el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, que el 3 de marzo presentó reclamo ante la Inspección del Trabajo y el comparendo de conciliación se realizó el 17 de abril de 2026.
Corte Suprema, Rol 56409-2024, 17 de agosto de 2026 (unificación de jurisprudencia, sentencia de reemplazo (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
2° Que, considerando dicho marco, en concepto de quien disiente, no es posible configurar la causal contemplada en el artículo 160 número 7 del Código del Trabajo en la forma propuesta por la demandante, pues, dado el especial régimen normativo y las directrices administrativas de derecho público que gobiernan las relaciones de la demandada, así como la naturaleza que formalmente se asignó a la regulación jurídica habida entre las partes, le estaba prohibido al municipio proceder en la forma que se le exige, por lo que no resultaba posible construir una infracción contractual sobre la base de una omisión que, sin una sentencia firme previa que se lo permitiera, estaba impedido de salvar. 3° Que, por lo anterior, se debía concluir que la relación contractual que unió a las partes, si bien de naturaleza laboral, terminó por renuncia de la trabajadora.
Corte Suprema, Rol 55830-2024, 5 de agosto de 2026 (unificación de jurisprudencia, rechaza). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Juez del grado tal como se señala en el motivo anterior, analizó en primer término la causal legal de despido invocada por la demandada, esto es, la del artículo 160 N°4 del Código del Trabajo, en el considerando cuarto de la sentencia, y señaló los motivos por los cuales legalmente acogió la demanda de despido injustificado, al no haberse configurado la causal genérica de despido invocada por la demandada.” Y que: “no es posible alterar la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, pues el examen de los fundamentos de la causal invocada revela que la tesis planteada por el recurrente conlleva por una parte la alteración del contenido fáctico de las conclusiones del tribunal, en circunstancias que la causal en cuestión importa alterar únicamente la calificación jurídica del tribunal inferior, lo que corresponde a una cuestión de…
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 8 de agosto de 2012.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 102.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 160 del Código del Trabajo?
El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales: 1.- Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, que a continuación se señalan: a) Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones; b) Conductas de acoso sexual; c) Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa; d) Injurias proferidas por el trabajador al empleador; e) Condu cta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña, y f) Conductas de acoso laboral. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 160 del Código del Trabajo?
84.831 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 4.303 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Juzgados de Letras del Trabajo, con 66.418 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 160?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=207436&idParte=8512017. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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