Artículo 1 del Código del Trabajo
El artículo 1 del Código del Trabajo es uno de los más citados por los tribunales chilenos. En la base de Ulpianus lo citan 166.642 sentencias de tribunales chilenos (354.767 menciones en total), 8.991 de ellas dictadas en 2025. Esta página reúne el texto vigente según Ley Chile, cuántas sentencias lo citan por año y por tribunal, y fallos recientes que lo aplican, con enlace a la fuente oficial de cada uno.
Texto vigente del artículo 1
Artículo 1.o Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores se regularán por este Código y por sus leyes complementarias. Estas normas no se aplicarán, sin embargo, a los funcionarios de la Administración del Estado, centralizada y descentralizada, del Congreso Nacional y del Poder Judicial, ni a los trabajadores de las empresas o instituciones del Estado o de aquellas en que éste tenga aportes, participación o representación, siempre que dichos funcionarios o trabajadores se encuentren sometidos por ley a un estatuto especial. Con todo, los trabajadores de las entidades señaladas en el inciso precedente se sujetarán a las normas de este Código en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarias a estos últimos. Los trabajadores que presten servicios en los oficios de notarías, archiveros o conservadores se regirán por las normas de este código.
Fuente: Ley Chile, Biblioteca del Congreso Nacional. Versión del artículo del 25 de mayo de 2004. Ver el artículo en Ley Chile.
Cuántas sentencias citan el artículo 1, año por año
| Año | Sentencias que lo citan |
|---|---|
| 2015 | 8.991 |
| 2016 | 9.597 |
| 2017 | 10.680 |
| 2018 | 8.965 |
| 2019 | 12.874 |
| 2020 | 8.914 |
| 2021 | 8.614 |
| 2022 | 14.521 |
| 2023 | 16.054 |
| 2024 | 15.185 |
| 2025 | 8.991 |
| 2026 (hasta hoy) | 1.352 |
Cada sentencia se cuenta una vez aunque mencione el artículo varias veces. Las cifras de 2026 son parciales, y desde julio de 2025 el Poder Judicial publica solo una selección de los fallos de primera instancia, por lo que los años recientes muestran menos de lo que se dictó.
Qué tribunales lo citan
| Tribunal | Sentencias | Parte del total |
|---|---|---|
| Juzgados de Letras del Trabajo | 139.811 | 84% |
| Cortes de Apelaciones | 22.339 | 13% |
| Corte Suprema | 2.772 | 2% |
| Juzgados de cobranza laboral y previsional | 1.374 | 1% |
| Juzgados civiles | 206 | <1% |
| Juzgados de familia | 67 | <1% |
| Otros tribunales y organismos | 73 | <1% |
Fallos recientes que aplican el artículo 1
Corte Suprema, Rol 54353-2025, 27 de agosto de 2026 (apelación protección, revocada sentencia apelada). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Séptimo: Que, en consecuencia, al no existir una norma específica que regule el límite de los descuentos a las remuneraciones de los funcionarios públicos, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 1° del Código del Trabajo, se hace necesario acudir a la aplicación supletoria de la normativa general sobre remuneraciones contenida en el […] VI: “De la protección a las remuneraciones” de dicho texto legal.
Corte Suprema, Rol 58129-2024, 3 de agosto de 2026 (unificación de jurisprudencia, acoge). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
Quinto: Que la Corte de Apelaciones de […] rechazó el recurso de nulidad deducido por el demandante, fundado de manera principal en la causal establecida en el artículo 477 por infracción a los artículos 162 inciso primero y 454 N° 1 del Código del Trabajo, atendido que la demandada envió la carta de despido al último domicilio que el actor registraba en el sistema informático de la empresa, y que aun en el evento de haberla enviado a un domicilio distinto, de igual forma el trabajador tomó oportuno conocimiento de la causal de despido invocada por el empleador y de los hechos que le sirvieron de fundamento en el comparendo realizado el 26 de abril de 2022 ante la Inspección del Trabajo, donde se le entregó una copia de la misiva, lo que le permitió accionar el 10 de junio de 2022 ante el juzgado laboral, no produciéndose una indefensión del actor fundado en las normas citadas, y…
Corte Suprema, Rol 58910-2024, 6 de julio de 2026 (unificación de jurisprudencia, acoge unificación de jurisprudencia (m)). Ver la sentencia en el Poder Judicial.
1° Que se hace necesario traer a colación lo preceptuado en la primera parte del artículo 4 de la Ley N°18.883, conforme a la cual, “las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato” y, adicionalmente, la disposición contenida en el artículo 1 del Código del Trabajo, que previene que sus normas “no se aplicarán, sin embargo, a los funcionarios de la Administración del Estado centralizada y descentralizada, del Congreso Nacional y del Poder Judicial, ni a los trabajadores de las empresas o instituciones del Estado o de aquéllas en que éste tenga aportes, participación o representación, siempre que dichos funcionarios o trabajadores se encuentren sometidos por ley a un estatuto especial”. 2° Que la Municipalidad de […] integra la Administración del Estado, conforme lo dice el artículo 1 de la Ley N°18.575, por lo que sus relaciones con…
Los pasajes son copia del texto de cada fallo, en frases completas alrededor de la mención al artículo. Los nombres de las partes se omiten y se marcan con […]; el enlace lleva al documento completo en el buscador de jurisprudencia del Poder Judicial.
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Cómo se construyó esta página
- Texto: copia del artículo tal como lo publica Ley Chile (Biblioteca del Congreso Nacional), versión del 25 de mayo de 2004.
- Conteos: sentencias publicadas por el Poder Judicial de Chile y otros organismos, en que el artículo aparece citado de forma inequívoca (código y número de artículo). Cada sentencia cuenta una vez.
- Verificación: el conteo de la Corte Suprema en 2026 se calculó por dos caminos independientes (el agregado y una consulta directa sobre las sentencias) y ambos dieron 81.
- Límites: no entran los fallos no publicados ni los reservados. Que un fallo cite el artículo no dice cómo lo resolvió; para eso está el texto completo, enlazado.
- Corte de datos: 10 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 1 del Código del Trabajo?
Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores se regularán por este Código y por sus leyes complementarias. Texto completo y enlace a Ley Chile más arriba.
¿Cuántas sentencias citan el artículo 1 del Código del Trabajo?
166.642 sentencias en la base de Ulpianus al 10 de septiembre de 2026, 8.991 de ellas dictadas en 2025. Donde más se cita: Juzgados de Letras del Trabajo, con 139.811 sentencias.
¿Dónde ver el texto oficial del artículo 1?
En Ley Chile, el sitio oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional: https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=207436&idParte=8511821. Allí está la versión vigente y el historial de modificaciones.
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